Tomado de Hoy Bolivia

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El presidente de la Asociación de Periodistas de Santa Cruz, Roberto Méndez, dijo que se constituye en una estocada mortal al periodismo boliviano., el fallo dictado por los vocales de la Sala Cuarta Constitucional de Santa Cruz contra tres periodistas independientes, a los que se le ordena retirar la fotografía de una mujer golpeada de sus portales de prensa.

“Se trata de un fallo funesto porque para un el futuro pueden venir otros pedidos para que los medios de comunicación retiren informaciones publicadas bajo el pretexto que están dañando el honor a alguien y entonces el ejercicio periodístico será un desastre”, explicó este martes, en el Programa “Que no me pierda’, de Red Uno.

Y porque puede constituirse en un mecanismo de autocensura porque los periodistas ya dudarán de publicar denuncias parecidas y quienes pierden serán esas víctimas de violencia y por ende la misma sociedad considerando que el periodismo es la piedra angular del sistema democrático y el bien jurídico de la libertad de expresión y de prensa y el derecho a la vida, quedarán en segundo plano frente a los de protección a la imagen.

En su criterio el caso inició mal porque los vocales constitucionales no tomaron en cuenta el llamado principio de subsidiaridad, es decir la competencia que dice que nivel preferente está habilitado para conocer un caso y el artículo 107 de la Constitución Política del Estado señala que los periodistas están sometidos a sus normas de autoregulación y su ley.

“Esa ley es la Ley de Imprenta que establece la conformación de jurados ciudadanos nombrados por los Concejos Municipales para valorar si corresponde o no el retiro de esas imágenes publicadas, no por banco de datos, si no por medios de comunicación social, y esa norma es de aplicación preferente versus el ámbito constitucional, porque se trata de una ley especializada que regula el accionar de los medios de comunicación y los periodistas”, dijo.

Inclusive la segunda parte del artículo 130 de la Constitución Política del Estado que contempla el recurso de Acción de Protección de Privacidad planteado por la mujer , dice que “la acción de privacidad no procederá para levantar el secreto de fuente en materia de prensa”.
Indicó que los periodistas señalaron que publicaron esas fotos de la ciudadana golpeada a pedido de ella, precautelando su vida y su integridad física, a fin que el Ministerio Público pueda abrir una causa penal contra el responsable por maltrato a la mujer y previniendo también un feminicidio en progreso que, según la denuncia, involucra a un exfuncionario de Gobierno.

UN ROBOT GUIÓ EL FALLO

El otro tema también cuestionable es que los vocales hayan utilizado la Inteligencia Artificial para fundamentar el fallo, dejando que un robot guie sus determinaciones, atentando contra la imparcialidad, la interpretación de los hechos y, en contra del perfil como administradores de justicia llamados a brindar seguridad jurídica, respetar el pluralismo jurídico y sobre todo actuar con idoneidad, que no es otra cosa que la capacidad y experiencia para conocer asuntos controversiales, señaladas en la Ley 025 del Órgano Judicial.

APELACIÓN

Informó que junto a la asesora de la Asociación de Periodistas, Raquel Guerrero, y con el respaldo de las nueve asociaciones de periodistas de Bolivia, apelarán al fallo que será elevado en consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional y también plantearán una “opinión consultiva” sobre el tema, a la Relatoría de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante quienes están enviando los antecedentes del caso.

APLP